FAQs | Preguntas frecuentes
¿De dónde viene la obligación legal de disponer de un Canal Interno de Denuncias?
De la Directiva (UE) 2019/1937, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (Directiva Whistleblowing) y de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
¿Cuál es la diferencia entre un Canal Interno de Denuncias y un Sistema Interno de Información?
- Son esencialmente lo mismo.
- El término «canal de denuncias» aparece así traducido en la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, que se refiere a la protección de las personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión.
- El «sistema interno de información» es la definición utilizada en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, que regula la protección de las personas que informan sobre infracciones normativas y la lucha contra la corrupción.
¿Puede un tercero externo (p. ej., una consultoría legal especializada como SIQURË) gestionar el Canal Interno de Denuncias de otra empresa?
- Sí, e incluso resulta más que conveniente.
- La gestión de los canales internos pueden ser proporcionados por un tercero externo (art. 6 Ley 2/23).
- La gestión del sistema por un tercero externo exigirá en todo caso que este ofrezca garantías adecuadas de respeto de la independencia, la confidencialidad, la protección de datos y el secreto de las comunicaciones.
- El tercero externo que gestione el sistema tiene la consideración de encargado del tratamiento a efectos de la legislación sobre protección de datos personales.
¿Es válido un correo electrónico o un formulario web estándar como Canal de Denuncia?
- No. El canal de denuncias debe estar diseñado, establecido y gestionado de forma que se garantice la exhaustividad, integridad y confidencialidad de la información, en base al art. 9.1.a) de la Directiva (UE) 2019/1937.
¿Pueden realizarse denuncias anónimas?
- Sí. El artículo 7.3 de Ley 2/2023 lo contempla, y denuncia.me las tiene incorporadas.
¿Hay que enviar un acuse de recibo al denunciante?
- Sí, y en un plazo nunca superior a 7 días.
- denuncia.me lo notifica automáticamente y, a su vez, informa a la persona responsable del sistema en la empresa de que se ha realizado una denuncia.
- denuncia.me envía recordatorios, también automatizados, a los responsables para que no puedan existir olvidos una vez recibida la denuncia.